Con foco en las usurpaciones, derogaron la norma que impedía desalojar a comunidades indígenas
El Gobierno avanzó con la derogación del Decreto 1083/2024 de Alberto Fernández. El mismo extendía la vigencia de la Ley Nº 26.160 que declaraba la emergencia en materia de posesión y propiedad de tierras por parte de comunidades indígenas. La norma impedía el desalojo de comunidades y grupos autodenominados indígenas en el marco de los conflictos judiciales. De este modo, aquellos propietarios privados y el propio Estado podrán avanzar en la recuperación de tierras sin el impedimento normativo creado en 2006. El Gobierno apunta a agilizar los operativos en los territorios en disputa, haciendo valer el derecho a la propiedad contemplado en la Constitución.
El decreto lleva la firma del presidente Javier Milei. Suscribieron también los ministros Guillermo Francos, Gerardo Werthein, Luis Petri, Luis Caputo, Mariano Cúneo Libarona, Patricia Bullrich, Mario Lugones, Sandra Pettovello y Federico Sturzenegger. En los considerandos, el Gobierno plantea que la normativa para prohibir los desalojos “impide el libre ejercicio de las actividades productivas y recreativas sobre las tierras involucradas, así como también limita el derecho a la disposición de dichos bienes”.
“La Ley N° 26.160 y la prórroga excesiva de la emergencia, ha dado lugar a una larga serie de acciones que, en connivencia con grupos amparados circunstancialmente bajo normativa aplicable a pueblos indígenas, avasallaron los derechos de la ciudadanía y agraviaron las prerrogativas soberanas del Estado”, plantearon.
«Legítimos propietarios»
“Se ha hecho un uso abusivo, subjetivo y discrecional del reconocimiento previsto por la ley en cuestión, por parte de las comunidades indígenas, las cuales en muchos casos se fragmentan tornando inoficioso el objetivo para el cual fue inicialmente prevista la declaración de emergencia”, plantea el documento oficial. “La situación precaria de los legítimos propietarios o poseedores que en muchos casos han sido desplazados durante DIECIOCHO (18) años sin derecho a reclamar ante la justicia, así como la seguridad jurídica imprescindible para poner en marcha el desarrollo del país, justifican la inmediatez de los efectos del presente”, señala el texto.