Desde qué monto la AFIP revisará las billeteras virtuales y cuentas bancarias
La AFIP ha actualizado los umbrales a partir de los cuales las entidades financieras y las plataformas digitales, como las billeteras virtuales, deben informar las transacciones, saldos y consumos de las cuentas que gestionan. Según Florencia Misrahi, directora de la AFIP, la institución está trabajando en simplificar procesos para beneficio de los contribuyentes. Implementando, a su vez, medidas que mejoren los regímenes de información.
En esta línea, se han realizado modificaciones en la Resolución General N°4298, que establece la obligación de informar a la AFIP por parte de las entidades financieras. Los nuevos umbrales son de $700.000 para acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales. Mientras que para consumos con tarjetas de débito se eleva a $400.000.
Además, se han ajustado los montos en la Resolución General N°4614, que regula la información de movimientos de activos a través de plataformas digitales. Incluyendo a los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago. “En el supuesto de ingresos o egresos totales, el monto se eleva de $120.000 a $400.000 y los saldos mensuales de $200.000 a $700.000″.
Ambos regímenes de información serán actualizados semestralmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC. Según la AFIP, estas medidas buscan modernizar la administración pública y garantizar transparencia en las operaciones financieras.